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Requisitos generales El procedimiento de autorización constará de tres fases, que requerirán documentaciones especificas y serán objeto de actuaciones y resoluciones sucesivas, considerándose únicamente habilitadas de forma definitiva, las empresas de seguridad cuando obtengan la autorización de entrada en funcionamiento. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, a petición de la empresa interesada podrán desarrollarse de forma conjunta, sin solución de continuidad, la primera y la segunda de las fases indicadas, e incluso la totalidad del procedimiento de autorización. En este caso, junto a la solicitud deberá acompañarse la documentación correspondiente a las diferentes fases para las que solicite la tramitación conjunta. El procedimiento de autorización se iniciará a solicitud de la sociedad o persona interesada, que deberá acompañar los documentos que se detallan en los apartados siguientes:
I. REQUISITOS GENERALES Instancia de solicitud de inscripción en el Registro de Empresas de Seguridad, firmada por el representante legal, con el domicilio social y dirigida al Director General de la Policía y que incluirá los datos a que se refiere el modelo que se acompaña como anexo 1 (páginas 1, 2 y 3), a la Orden del Ministerio del Interior de 23 de abril de 1997. Declaración de las actividades pretendidas por la Empresa ajustada a lo establecido en el artículo 5.1 de la Ley 23/1992, de 30 de Julio, con expresión del ámbito territorial en el que pretende desarrollar dichas actividades (estatal o autonómico), firmada por el representante legal. Memoria explicativa de los planes de operaciones, haciendo referencia al modo y forma de ejecución de las actividades pretendidas, firmada por el representante legal. Inventario de los medios materiales, relacionados con la actividad declarada, firmada por el representante legal. Relación nominal del personal que compone la Empresa con la asignación de los puestos de trabajo que ocupan y número de DNI distinguiendo, socios, directivos, administradores y trabajadores, firmada por el representante legal. Fotocopia compulsada del DNI y original del Certificado de antecedentes penales, de los administradores y directivos. Copia autorizada por Notario de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad en la que conste: Nacionalidad de algún país de la Unión Europea para todas las empresas de seguridad que pretendan prestar servicios con personal de seguridad. Objeto social que habrá de ser exclusivo y coincidente con todas o algunas de las actividades o servicios a que se refiere el artículo 5.1 de la Ley 23/1992, de 30 de Julio. El Capital Social que estará totalmente desembolsado y en títulos o acciones nominativas y en cuantía correspondiente a la actividades y ámbito a que se refiere el Anexo del Reglamento de Seguridad Privada. (No serán válidas copias simples o fotocopias de la Escritura, así como aquellas que no vengan inscritas en el Registro Mercantil o de Cooperativas). Fotocopia compulsada u original del documento acreditativo del título en virtud del cual dispone de los inmuebles en que se encuentre el domicilio social y/o locales de la empresa. Sistema de seguridad: Plan de protección en la instalación de un sistema de seguridad en la sede social y demás locales de la empresa, adjuntando plano/s. Que conste la instalación de un sistema de seguridad de acuerdo con el apartado 6º de la Orden Ministerial de 23 de abril de 1997, firmado por el representante legal. Fotocopia compulsada del documento acreditativo del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Fotocopia compulsada de la Póliza de Responsabilidad Civil, con entidad aseguradora legalmente autorizada, con objeto de cubrir las obligaciones derivadas de los riesgos a que se refiere el artículo 5,1.c) 6º del Reglamento de Seguridad Privada y Anexo, apartado III, del mismo, haciendo constar las cláusulas recogidas en el mencionado artículo (Ambas partes "Asegurador y Asegurado", se comprometen a comunicar a la Dirección General de la Policía, Unidad Central de Seguridad Privada con 30 días de antelación la rescisión del contrato). Documento original acreditativo de la Caja General de Depósitos de haber constituido una garantía, por el importe legalmente establecido en el Anexo del Reglamento de Seguridad Privada, en alguna de las modalidades previstas y con los requisitos establecidos en la normativa reguladora de la misma. Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por autorización e inscripción de empresas de seguridad (artículo 44, apartado 5, tarifa primera, de la Ley 13/1996), con arreglo al modelo 750, a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras, en la cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El citado modelo 750 será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la primera, y debiendo remitir el ejemplar para la Administración. Requisitos Específicos
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